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La condena final puede demorar dos años

Restan dos instancias judiciales para apelar

La Cámara Nacional de Casación Penal será el escenario de la próxima batalla jurídica entre los protagonistas del juicio por la tragedia de República Cromagnon, en busca de revertir total o parcialmente el fallo de anteayer.

Omar Chabán, el manager de Callejeros y el subcomisario Carlos Díaz, que recibieron las condenas más altas, pedirán en esa instancia ser exculpados o, en su defecto, obtener un cambio de calificación penal de los delitos que se les atribuyeron, fundamentalmente, que el incendio seguido de muerte sea considerado culposo (tiene una pena máxima de cinco años) y no doloso.

En tanto, las querellas y la fiscalía intentarán, principalmente, revertir la absolución que el tribunal les dictó a los integrantes del grupo Callejeros y lograr una condena mayor para Raúl Villarreal, mano derecha de Chabán en Cromagnon.

En síntesis: Casación puede sobreseer total o parcialmente a un condenado o modificar la calificación legal del delito por el cual había sido hallado culpable, para lo cual debe indicar al tribunal del juicio que dicte un nuevo fallo, sin realizar nuevamente el juicio. También puede anular la sentencia, en relación con uno o con todos los imputados, y ordenar la realización de un nuevo juicio.

Hasta hace unos años, la Cámara de Casación realizaba una revisión esencialmente técnica, objeto de su creación; se enfocaba en cuestiones de interpretación de la ley o de cumplimiento riguroso de los procedimientos penales.

Pero a partir del Pacto de San José de Costa Rica la Argentina debe garantizar a las personas con un veredicto condenatorio en contra el derecho a una revisión amplia de la condena; lo que se conoce como "doble instancia". A partir de los fallos Casal y Di Nunzio, la Corte Suprema de Justicia atribuyó a Casación ese papel de máxima instancia revisora en materia penal.


Motivos variados


Desde entonces, debe atender la más variada gama de recursos de los defensores. Esto es así porque el abanico de motivos de esos recursos, a la hora de buscar revertir una condena, es muy amplio, tanto como ocurre en la etapa de instrucción en relación con las Cámaras de Apelaciones. Siempre que lo hubieran presentado en tiempo y forma, el recurso de casación interpuesto por las defensas siempre es acogido, para garantizar la doble instancia.

En cambio, a las querellas o la fiscalía no se les habilita el recurso por cualquier cuestión. Fundamentalmente, deben argumentar que la sentencia fue manifiestamente arbitraria o infundada o que se omitió ostensiblemente una prueba decisiva e incontrastable para convencer a Casación de que hay materia para discutir la decisión del fallo previo. Deben ser argumentos y pruebas contundentes.

Los tiempos de Casación son bastante flexibles. Mucho influye el hecho de que los imputados estén o no detenidos. También, que haya personas presas -y ése no es el caso de Cromagnon- la obliga a resolver con mayor celeridad. Con todo, puede dictar una sentencia en un plazo aproximado de un año, quizá dos.

Si, pasada esa instancia, las partes quedan insatisfechas, pueden recurrir en queja, excepcionalmente, a la Corte. Eso podría duplicar los tiempos.

La Nación
Viernes 21 de Agosto de 2009

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