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Regulan la actividad de los deliveries

Los diputados porteños aprobaron ayer una ley que regula ciertos aspectos de la actividad de delivery de alimentos en motos.

La norma, sancionada sobre un proyecto del diputado macrista Avelino Tamargo, establece que las empresas o particulares que ejerzan esas actividades "en motovehículos o ciclorrodados" deberán inscribirse en un registro habilitante.

Además, la ley contempla que las motos deberán "contar con un cajón de tapa hermética, revestido interiormente con material liso, de fácil limpieza, impermeable e inoxidable, donde deberá consignarse en el exterior en forma visible el número de credencial habilitante, razón social, domicilio y teléfono". El compartimento deberá estar separado del asiento y contar con sistemas refrigerantes o conservantes de calor, según la necesidad.

También se exige que los conductores afectados al delivery de alimentos a domicilio cuenten con una libreta sanitaria.

La Nación
Viernes 14 de Agosto de 2009

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