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Avanzan las leyes para regular la noche bonaerense

Se limitan los horarios de discos, se restringe la venta de alcohol y se prohíbe la de energizantes

Jesús A. Cornejo
Corresponsalía la Plata


LA PLATA.­- La Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires aprobó anoche, por unanimidad, los proyectos de leyes de nocturnidad enviados a la Legislatura por el gobierno de Daniel Scioli.

Uno de ellos fija un tope en el horario de ingreso y cierre de las discotecas: finalmente deberán abrir sus puertas a la 1 y cerrarlas a las 5.30. La otra iniciativa limita la venta de bebidas alcohólicas, prohíbe la de energizantes y castiga con multas de hasta 100.000 pesos y 90 días de cárcel a los propietarios de los boliches que vendan esas bebidas a menores.

Si la Cámara baja sanciona las leyes, el Estado podrá retener durante cinco días a las personas que se encuentren en estado de ebriedad, y si causaran molestias a otras personas, se los podrá castigar con 40 días de cárcel.

Los proyectos se aprobaron ayer con algunos puntos agregados; por ejemplo, se exige la instalación de cámaras de seguridad en el ingreso de las discotecas, dentro de los 90 días de promulgada la ley, y se prohíbe la venta de bebidas energizantes.

Otro punto añadido a la futura norma es la regulación en el horario de las denominadas matinés y especifica que los menores de edad sólo podrán asistir a locales bailables habilitados entre las 17.30 y las 24, y, sólo si cuentan con el permiso de los padres, quienes podrán revisar las instalaciones.

Además, según se lee en el artículo 9° del proyecto, "no se admitirá la concurrencia en los locales e instalaciones bailables de chicos de 14 a 17 años en forma simultánea con mayores de 18 años.

Tal como informó LA NACION, la iniciativa establece que a las 4.30 deberá suspenderse la venta de alcohol en todos los pubs, bares, restaurantes y discotecas de la provincia.

Además, especifica la norma que los envases en los que se vendan las bebidas alcohólicas no deberán superar los 350 mililitros de capacidad. La venta de bebidas energizantes directamente fue prohibida en tales establecimientos.


Multas y sanciones

Los dueños de los locales nocturnos que no cumplan con los puntos señalados podrán ser sancionados con multas de entre 5000 y 30.000 pesos, además de la clausura del local hasta 30 días. "Si resultare reiterada la violación, se duplicarán los montos de la sanción de multa, y se dispondrá la clausura definitiva del local", dice el proyecto.

Si un menor de 14 años fuera encontrado en un local nocturno al que acuden adultos, los responsables de los boliches podrán ser sancionados con multas de entre 30.000 y 50.000 pesos.

Finalmente, la futura normativa establece el arresto de 30 a 90 días, multas de 10.000 a 100.000 pesos y la clausura de establecimientos por un período de 30 a 180 días para quienes vendan alcohol a menores.

La Nación
Jueves 17 de Septiembre de 2009

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