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Fallo de Cámara aclara que el aguinaldo no es parte de la indemnización

Un fallo de la Cámara del Trabajo en pleno aclara que el aguinaldo no es parte de la indemnización. A partir de esta sentencia, los juzgados de primera instancia deberán dar sus veredictos siguiendo esta jurisprudencia.

La Cámara dispuso que no corresponde incluir la parte proporcional del sueldo anual complementario en la base salarial para determinar las indemnizaciones en el caso de despido dispuesto por el empleador sin justa causa.

Dijo al respecto que no corresponde incluir en la base salarial prevista en el primer párrafo del artículo 245 de la L.C.T., la parte proporcional del sueldo anual complementario.

Además, queda descartada la configuración de un supuesto de fraude a la ley laboral, la bonificación abonada por el empleador sin periodicidad mensual y en base a un sistema de evaluación del desempeño del trabajador, no debe computarse a efectos de determinar la base salarial prevista en el primer párrafo del artículo 245 de la LCT.

El artículo fija para los casos de despido dispuesto por el empleador sin justa causa, abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses.

El fallo fue firmado en la causa Tulosai, Alberto Pascual c/ Banco Central de la República Argentina s/ Ley 25.561.

Ámbito
Miércoles 25 de Noviembre de 2009

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