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Avances en el Proyecto de Ley para la gestión de los RAEE

Sigue avanzando el proyecto de ley de presupuestos mínimos para la gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, en términos de lo establecido por el artículo 41 de la Constitución Nacional.

La nueva versión del proyecto cuenta con algunas modificaciones realizadas en base a las sugerencias realizadas en las distintas reuniones de partes y las cuales Scrap y Rezagos ha tomado parte.

El nuevo proyecto se desarrolla sobre el concepto de “Responsabilidad Extendida Individual del Producto”, mediante el cual se extiende las responsabilidades de cada uno de los productores a la etapa de post-consumo de los productos que producen y comercializan, especialmente la responsabilidad legal y financiera.


Objetivo

Este proyecto de ley, tiene como finalidad crear estímulos para el desarrollo de diseños “ambientalmente amigables”; participación activa en la organización de la gestión de residuos de todos los sectores involucrados e interesados; control y regulación por parte del Estado; la restricción de la utilización de sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos; la reutilización y reciclado de los RAEE; y el establecimiento de metas progresivas que permitan el perfeccionamiento del sistema.


Desarrollo

Dichas metas progresivas de recupero de los RAEE están establecidas por categorías de aparatos. El proyecto de ley establece 11 categorías distintas, a saber:

a) Grandes electrodomésticos.
b) Pequeños electrodomésticos.
c) Equipos de informática y telecomunicaciones.
d) Aparatos electrónicos de consumo.
e) Aparatos de iluminación.
f) Herramientas eléctricas (excepto las herramientas industriales fijas permanentemente, de gran envergadura, instaladas por profesionales).
g) Juguetes y equipos deportivos o de esparcimiento.
h) Aparatos de uso médico (excepto todos los productos implantados e infectados).
i) Instrumentos de vigilancia y control.
j) Máquinas expendedoras.
k) Pilas y baterías.

Mediante la ley se crea el Fondo Nacional de Gestión de los RAEE, con la finalidad de financiar el sistema de gestión. Dicho fondo se conforma con aportes obligatorios que deberán aportar los productores de AEE de forma anticipada a la puesta en mercado de un producto.

A efectos de la proyecto de ley se considera generador de RAEE a toda persona física o jurídica, pública o privada, que deseche RAEE. En función de la cantidad de RAEE desechados, los generadores son clasificados en pequeños generadores o grandes generadores. Esta diferenciación será determinada por la autoridad de aplicación de cada jurisdicción.

Los generadores están obligados a desprenderse de sus RAEE a través de los mecanismos establecidos en cada jurisdicción. Los pequeños generadores tendrán el derecho a entregar de forma gratuita, en la compra de un nuevo AEE, un RAEE de tipo equivalente al AEE que compren. Además podrán también desecharlos de forma gratuita en los los sitios de recepción que se establezcan.

Uno de los artículos más destacables es el “Articulo 10.”, donde se establece que el productor de RAEE puede optar por implementar un programa de autogestión de sus RAEE o contratar a una empresa de reciclado debidamente habilitada para que se encargue de ello y de este modo quedar eximidos de realizar el aporte obligatorio al Fondo Nacional de Gestión. En este sentido es importante destacar que se respetaran los acuerdos preexistentes al momento de que la ley entre en vigor.

Otro apartado importante es el “Artículo 38”, en el cual establece a efectos del transporte de los RAEE que se encuentren comprendidos por la Ley 24.051 (de residuos peligrosos), que estos no serán considerados como tales siempre y cuando mantengan inalteradas su forma, blindaje y hermeticidad. Es decir mientras no sean desmantelados. Este artículo incluye también el transporte de metales y aleaciones de metales, en forma metálica y no dispersable, y montajes eléctricos o electrónicos (incluidos los circuitos impresos, componentes electrónicos y cables), que no estén contaminados.


Conclusiones

Esta nueva versión del proyecto de ley RAEE es superada en muchos aspectos a las antiguas versiones, ha incluido recomendaciones y peticiones especificas realizadas por los distintos agentes involucrados en la gestión de los RAEE en Argentina. Si bien, según nuestro entender, todavía podría ser perfeccionable, esperamos que el proyecto avance, y logre finalmente otorgar un marco legal especifico a la gestión de este nuevo tipo de residuos urbanos como los son los RAEE.

Rezagos.com
Jueves 4 de Noviembre de 2010

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